Aquí tienes toda la información sobre la oposición.
Aquí los Procesos en vigor para la Policía Local en CyL.
Puedes consultar aquí los requisitos de acceso y la información sobre la convocatoria.
Nuevo párrafo
Procesos en vigor en la provincia de Ávila
Procesos en vigor en la provincia de Burgos
Procesos en vigor en la provincia de León
Procesos en vigor en la provincia de Palencia
Procesos en vigor en la provincia de Salamanca
Procesos en vigor en la provincia de Segovia
Procesos en vigor en la provincia de Soria
Procesos en vigor en la provincia de Valladolid
Procesos en vigor en la provincia de Zamora
Si aún eres nuevo en el mundo de las oposiciones no te preocupes, ¡el proceso es sencillo! Lo primero que nos encontraremos será la
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO, con mucha antelación a la convocatoria.
Una vez tengamos la oferta, llegará la CONVOCATORIA , y esta será publicada primero en el BOLETÍN PROVINCIAL correspondiente, después en el BOCYL y por último en el BOE , comenzando aquí el plazo de instancias que será de 20 días naturales/hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOE .
Finalizado el plazo de instancias se publicarán en el tablón de anuncios del ayuntamiento correspondiente la LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS con su plazo para alegaciones y la LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS con la fecha de la primera prueba.
A partir de aquí ya te encuentras en plena oposición y encontrarás en el mismo tablón de anuncios las notas y fechas de las distintas pruebas.
- Te orientaremos sobre los temas más preguntados, cómo responder exámenes tipo test, y te asesoraremos sobre técnicas de estudio y examen.
- 4 días de clase, dos horas diarias .
- Supuestos prácticos. La mejor preparación con miembros de las FCS.
- Simulacros todas las semanas , presenciales o en casa. ¡Es uno de los aspectos más importantes del estudio y trabajo sobre la teoría!
- Los mejores profesores de Valladolid , con gran experiencia en formación de opositores a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Plataforma online para formación complementaria.
- Tutorías sobre técnica de examen y técnicas de estudio .
1. Salto de longitud: El aspirante deberá, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto. Se medirá desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida. Pueden realizarse 3 intentos . La marca mínima es de 1,90 metros para mujeres y 2,30 metros para hombres .
2. Lanzamiento de balón medicinal: Se lanzará el balón por encima de la cabeza desde la posición de parado . Se medirá de la zona de la línea más alejada hasta la primera huella del balón al caer. Se pueden realizar 3 intentos . La marca mínima será 6,25 metros , lanzando un balón de 3 kilos las mujeres y uno de 5 kilos los hombres.
3. Prueba de velocidad: Carrera de 60 metros en pista. Deberá cubrirse dicha distancia en tiempo no superior a 10,4 segundos para mujeres y a 8,6 segundos para hombres . Se permitirá un solo intento , y dentro de este, una salida nula.
4. Prueba de resistencia muscular: Carrera de 1.000 metros en pista. Dicha distancia se cubrirá en tiempo no superior a 4 minutos 25 segundos para mujeres y 3 minutos 30 segundos para hombres. Un único intento, y dentro de este, una salida nula .
5. Prueba de natación: Recorrido de 25 metros en piscina. Desde el borde de la piscina o desde dentro se hará el recorrido en estilo libre y sin apoyo en un tiempo no superior a 24 segundos para mujeres y a 21 segundos para hombres . Un único intento, y dentro de este, una salida nula.
Los aspirantes en turno libre deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser español .
b) Tener 18 años de edad y no superar la edad de jubilación .
c) Estar en posesión del título de bachiller o técnico, o equivalente.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos .
g) Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A-2 y B .
h) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.
i) Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso original y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran en la base decimosexta.
Los aspirantes en turno de movilidad también los siguientes:
a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de agente, en un cuerpo de policía local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el cuerpo de procedencia.
b) No hallarse en situación de segunda actividad.
Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Aquí podrás comprobar el temario de la última convocatoria de la Junta de Castilla y León.
GRUPO A
Tema 1. El sistema constitucional español.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 3. Organización política del Estado español.
Tema 4. Organización política del Estado español. Clase y forma de Estado.
Tema 5. La Organización territorial del Estado. El poder ejecutivo.
Tema 6. La Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Tema 7. La administración pública.
Tema 8. El acto administrativo.
Tema 9. El procedimiento administrativo.
Tema 10. Referencia a los procedimientos especiales.
Tema 11. La función pública en general.
Tema 12. Los funcionarios de las entidades locales.
Tema 13. La responsabilidad de la Administración.
Tema 14. La Administración Local.
Tema 15. La organización del municipio.
Tema 16. Funcionamiento y competencias municipales.
Tema 17. Las fuerzas y cuerpos de seguridad.
Tema 18. Los cuerpos de policía local. Su participación en la seguridad pública.
Tema 19. Los cuerpos de policía local. Organización y estructura.
Tema 20. Los cuerpos de policía local. Derechos y deberes.
Tema 21. Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales.
GRUPO B
Tema 1. El procedimiento penal.
Tema 2. La Policía Judicial.
Tema 3. Detención.
Tema 4. El Código Penal.
Tema 5. El homicidio y sus formas.
Tema 6. Delitos contra la libertad.
Tema 7. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
Tema 8. Delitos contra la intimidad.
Tema 9. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
Tema 10. Delitos contra la seguridad colectiva.
Tema 11. Delitos cometidos por los funcionarios contra las garantías constitucionales.
Tema 12. Delitos contra el orden público.
Tema 13. Los delitos de imprudencia.
Tema 14. La protección de la seguridad ciudadana.
Tema 15. La protección civil en España y en Castilla y León.
Tema 16. El reglamento de armas.
Tema 17. Normativa autonómica en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Tema 18. Normativa autonómica reguladora de la prevención, asistencia e integración social de drogodependientes.
Tema 19. Norma reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Tema 20. Normativa básica sobre tráfico.
Tema 21. Normas generales de circulación
Tema 22. Autorizaciones administrativas.
Tema 23. Infracciones y sanciones.
1. Exclusiones físicas.
- Perímetro torácico: Diferencia entre máximo - mínimo: 4 cm o superior.
- Espirometría: Mínima 3.000.
2. Exclusiones médicas
2.1. Generales:
- Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
- En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
2.2. Enfermedades de la piel y los tejidos:
- Eczema.
- Cicatrices que produzcan limitación funcional.
- Otros procesos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el
desarrollo la función policial.
- En el caso de psoriasis, se valorará la evidencia científica actual y, en todo caso, la situación clínica de las personas aspirantes y no solo su diagnóstico.
2.3. Enfermedades del aparato digestivo:
- Úlcera gastroduodenal.
- Cirrosis hepática.
- Hernias abdominales o inguinales.
- Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
- Enfermedad inflamatoria intestinal
- Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
2.4. Enfermedades del aparato cardiovascular:
- Hipertensión arterial, sin superar en reposo los 140mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
- Varices o insuficiencia venosa periférica.
- Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
2.5. Enfermedades del aparato respiratorio:
- Asma bronquial.
- Broncopatía u otra enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Neumotórax espontáneo recidivante.
- Tuberculosis pulmonar activa.
- Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
2.6. Enfermedades del aparato locomotor:
- Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial o que puedan agravarse con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
2.7. Enfermedades del aparato de visión:
- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
- Queratotomía radial.
- Estrabismo.
- Desprendimiento de retina.
- Patología retiniana degenerativa.
- Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
- Discromatopsias. Daltonismo en todos sus grados.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos,
dificulte de manera importante la agudeza visual.
2.8. Enfermedad del aparato de la audición:
- Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos,
dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
2.9. Enfermedad de la fonación:
- Tartamudez permanente e importante.
2.10. Enfermedades del sistema nervioso y trastornos psiquiátricos:
- Epilepsia.
- Migraña.
- Depresión.
- Trastornos de la personalidad.
- Psicosis.
- Alcoholismo, toxicomanías y drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
2.11. Enfermedades del aparato endocrino:
- En el caso de diabetes, se valorará la evidencia científica actual y, en todo caso, la situación clínica de la persona aspirante y no solo su diagnóstico.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
2.12. Enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario:
- Enfermedades transmisibles en actividad.
- Enfermedades inmunológicas sistémicas.
- Intoxicaciones crónicas.
- Hemopatías graves.
- Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
- En el caso del síndrome de inmunodeficiencia adquirida, se valorará la evidencia científica actual y, en todo caso, la situación clínica de la persona aspirante y no solo su diagnóstico.
MÉRITOS PARA LOS ASPIRANTES DEL TURNO LIBRE
1.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, etc.
Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.
No se computarán los documentos que acrediten haber superado contenidos propios de asignaturas correspondientes a titulaciones universitarias.
La condición de personal de seguridad privada se valorará en este apartado conforme a la siguiente tabla, y se acreditará con tarjeta de identidad profesional, correspondiente.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente lista:
- Más de 60 créditos o 600 horas: 1,50
- Más de 20 créditos o 200 horas: 1,00
- Entre 101 y 200 horas: 0,75
- Entre 61 y 100 horas: 0,50
- Entre 31 y 60 horas: 0,25
- Entre 20 y 30 horas: 0,10
2.– Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral o interino. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente lista:
- Servicios en fuerzas y cuerpos de seguridad: 0,02
- Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial: 0,01
3.– Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.
4.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologados, según Real Decreto 1041/2017. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente lista:
- B1 intermedio: 0,25
- B2 intermedio: 0,50
- C1 usuario competente: 0,75
- C2 usuario competente: 1,00
5.– Socorrismo : Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.
- Primeros auxilios: 0,10
- Primeros auxilios y soporte vital básico: 0,15
- Socorrista acuático: 0,10
6.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes o federaciones deportivas, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:
- Cinturón naranja o verde: 0,10
- Cinturón azul o marrón: 0,20
- Cinturón negro: 0,35
- DAN (cualquier nivel): 0,45
7.– Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En caso de pertenecer a las Ciencias Sociales o Jurídicas la puntuación será la mayor.
- Nivel 1 (técnico superior): 0,60 / 0,40
- Nivel 2 (grado): 0,70 / 0,50
- Nivel 3 (máster): 0,80 / 0,60
- Nivel 4 (doctorado): 1,00 / 0,80
En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.
MÉRITOS PARA LOS ASPIRANTES DEL TURNO DE MOVILIDAD
1. MÉRITOS PREFERENTES:
1.– Recompensas : Su reconocimiento exige la concesión reglamentaria por parte del ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o del Ministerio del Interior. No se valorarán las recompensas o felicitaciones relacionadas con el tiempo de servicios. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. La valoración de distinciones o recompensas no incluidas en el cuadro siguiente, serán valoradas por el tribunal motivadamente y siguiendo criterios de analogía con las Medallas al mérito policial de Castilla y León:
- Felicitaciones (Alcalde, Pleno, Comisión): 0,25 / 0,50
- Mérito Policial de Castilla y León-Oro individual: 1,00 / 2,00
- Mérito Policial de Castilla y León-Plata individual: 0,50 / 1,00
- Mérito Policial de Castilla y León-Oro colectiva: 0,10 / 0,10
- Mérito Policial de Castilla y León-Plata colectiva: 0,05 / 0,05
2.– Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, aptitud para el ascenso, etc. Se excluye el Curso de Formación Básica para ingreso en cuerpos de policía local.
Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas. La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente lista:
- Más de 60 créditos o 600 horas: 1,5
- Más de 20 créditos o 200 horas: 1,00
- Entre 101 y 200 horas: 0,75
- Entre 61 y 100 horas: 0,50
- Entre 31 y 60 horas: 0,25
- Entre 20 y 30 horas: 0,10
3.– Servicios prestados a las administraciones públicas : Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como funcionario, personal laboral, interino o eventual. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
- En fuerzas y cuerpos de seguridad: 0,02 por mes.
- Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial: 0,01 por mes.
4.– Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.
18.2. MÉRITOS NO PREFERENTES:
5.– Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologado, según Real Decreto 1041/2017. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
- B1 intermedio: 0,25
- B2 intermedio: 0,50
- C1 usuario competente: 0,75
- C2 usuario competente: 1,00
6.– Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva, etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios, socorrismo acuático, etc., de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.
- Primeros auxilios: 0,10
- Primeros auxilios y soporte vital básico: 0,15
- Socorrista acuático: 0,10
7.– Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de Artes Marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:
- Cinturón naranja o verde: 0,10
- Cinturón azul o marrón: 0,20
- Cinturón negro: 0,35
- DAN (cualquier nivel): 0,45
8.– Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos. En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas. En caso de pertenecer a las Ciencias Sociales o Jurídicas la puntuación será la mayor.
- Nivel 1 (técnico superior): 0,60 / 0,40
- Nivel 2 (grado): 0,70 / 0,50
- Nivel 3 (máster): 0,80 / 0,60
- Nivel 4 (doctorado): 1,00 / 0,80
¿QUIERES INFORMACIÓN? Envíanos un formulario
También puedes llamarnos al 657 11 61 52
Copyright © Todos los derechos reservados | Aviso Legal - Política de Privacidad - Condiciones Generales de Contratación